
El Concejo Deliberante de San Antonio Oeste aprobó por unanimidad una Ordenanza que autoriza al Ejecutivo local a llamar a licitación pública para concesionar las canchas de paddle del municipio ubicadas en el acceso a Las Grutas.
El proyecto, elevado por el Ejecutivo, establece un canon base por temporada de 36.000 pesos.
Además designa la Comisión Evaluadora de las ofertas que estará integrada por los secretarios de Hacienda, Marcos Violi; de Planificación, Alfredo Andreoli; un representante del Concejo Deliberante; un representante del Tribunal de Cuentas y la contadora Municipal, Natalia Tubio.
Adjuntamos la Ordenanza aprobada:
VISTO:
El vencimiento de la concesión para la reparación, reacondicionamiento, mantenimiento, uso y explotación de las canchas de paddle ubicadas en la parcela 01 de la manzana 901 sección N de la planta urbana de Las Grutas; y
CONSIDERANDO:
Que habiéndose vencido la concesión que otorgaba para su explotación las canchas de paddle ubicadas en la parcela 01 de la manzana 901 de Las Grutas y a fines de brindar un servicio, tanto a los turistas que visitan nuestra localidad en temporada veraniega como a los residentes de Las Grutas, permitiendo la realización de un deporte que complementa la actividad física con el entretenimiento y el encuentro social, resulta necesario arbitrar los medios para que en la misma se siga brindando el servicio ofrecido oportunamente.
Que el Municipio, priorizando otras necesidades para la comunidad, cree apropiado que dicha inversión sea llevada adelante por privados a través de concesiones públicas de uso, explotación y mantenimiento, otorgándose en contraprestación la facultad de percibir las tarifas por el uso de los servicios que brindan.
Que además no se trata de servicios públicos que deba brindar el estado, muy por el contrario, son actividades de naturaleza típicamente privadas, comerciales, que se prestan dentro del dominio público.
Que la concesión a otorgar tiene por objeto la reparación, reacondicionamiento, mantenimiento, uso y explotación de las canchas de paddle allí construidas.
Que, a fin de brindar igualdad de oportunidades, resulta menester realizar una convocatoria pública para otorgar nuevamente en concesión la Unidad Fiscal mencionada.
POR ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO OESTE
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorízase al Poder Ejecutivo Municipal a llamar a Licitación Pública para el otorgamiento de la concesión para la puesta en valor, uso, explotación y mantenimiento de las canchas de paddle ubicadas en la parcela 01 de la manzana 901 sección N de la planta urbana de Las Grutas.-
ARTÍCULO 2º: Apruébanse en general las Bases y Condiciones que rigen el llamado y que forman parte de la presente Ordenanza como Anexo I. El Poder Ejecutivo Municipal queda facultado para realizar modificaciones técnicas al pliego aprobado, por sí o por observaciones que puedan realizar los oferentes con anterioridad a la fecha de apertura de sobres y en los plazos que establece la legislación.-
ARTÍCULO 3º: Fíjase en la suma de pesos un mil doscientos ($1.200,00) el valor del pliego de Bases y Condiciones; y en la suma de pesos treinta y seis mil ($ 36.000,00) el canon base oficial por cada temporada, actualizable anualmente de acuerdo con la Tasa Activa para cartera general del Banco de la Nación Argentina.-
ARTÍCULO 4º: La Comisión Evaluadora de las ofertas y toda otra disposición necesaria para llevar adelante el llamado estará integrada por el Secretario de Hacienda – Cr. Marcos Violi; Secretario de Planificación – Ing. Alfredo Andreoli; un representante del Concejo Deliberante; un representante del Tribunal de Cuentas y la Contadora Municipal Natalia Tubio.-
ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal y archívese.-
Dada en la sala de sesiones del Concejo Deliberante, en San Antonio Oeste, a los dos días del mes de junio de dos mil diecisiete.-
CONCURSO PUBLICO Nº PARA LA CONCESIÓN PÚBLICA
PARA LA PUESTA EN VALOR, USO Y EXPLOTACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA UNIDAD FISCAL MANZANA 901 PARCELA 01 DE LAS GRUTAS
Bases y Condiciones generales:
1.- Objeto: El presente concurso tiene por objeto otorgar en concesión de uso y explotación la Reserva Fiscal cuya Nomenclatura Catastral es Manzana 901, parcela 01, Sección N, de la Planta Urbana de Las Grutas para la puesta en valor, uso, explotación y mantenimiento, de las CANCHAS DE PADDLE allí construidas según lo establece el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, con las especificaciones que en cada caso se indican. El otorgamiento de la concesión implica la obligación para el concesionario de respetar y mantener los valores naturales y arquitectónicos que posea la Reserva Fiscal adjudicada. La concesión de la unidad no lleva insita la habilitación para ejercer la actividad, por lo que deberá obtenerse la misma en un todo de acuerdo a la normativa vigente.-
2.- De las ofertas: Las ofertas deberán formularse por escrito en tiempo y forma que se indican en el presente, y su presentación implicará el conocimiento, la aceptación y sometimiento a todas las disposiciones del pliego de bases y condiciones.-
3.- Del concesionario: La concesión se otorgará a personas físicas o jurídicas constituidas conforme a las leyes argentinas.
Personas Físicas: deberán aportar Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, estado civil, datos del cónyuge si fuera casado, profesión, domicilio real y domicilio constituido en San Antonio Oeste, número de inscripción previsional, constancia de Inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos, constancia de Inscripción en la Dirección General Impositiva, recibo oficial expedido por la Tesorería Municipal donde conste haber abonado el Pliego de Bases y Condiciones. De no contar con inscripción previsional, de la Dirección General de Rentas o Dirección General Impositiva, podrá participar del concurso, pero de resultar adjudicatario del mismo tendrá un plazo de cinco días hábiles administrativos para realizar y/o actualizar las mencionadas inscripciones, bajo pena de revocación de la adjudicación.
Personas Jurídicas: Las personas jurídicas legalmente constituidas deberán presentar conjuntamente con sus propuestas, copia autenticada de sus contratos sociales y estatutos. Los representantes de las sociedades deberán acreditar su personería en legal forma. Además deberán acreditar las inscripciones previsionales e impositivas y fijar domicilio en el radio local.-
4.- Forma de presentación: Las ofertas serán presentadas en dos sobres:
El Nº 1: contendrá la totalidad de la documentación requerida, los antecedentes del proponente en la materia, anexos completos y firmados, recibo de Tesorería Municipal donde conste haber adquirido el Pliego de Bases y Condiciones y haber integrado la garantía de mantenimiento de la oferta, la totalidad de la documentación que forma parte del Pliego de Bases y Condiciones, firmado foja por foja.
El Nº 2: contendrá
- el formulario de oferta con el precio ofrecido.
- La propuesta de uso: descripción y fundamentación de la propuesta de uso y explotación de la Unidad y de los servicios que se propone ofrecer detallando características de la presentación de los mismos y del equipamiento e instalaciones.
- Propuesta de de obras a realizar en la unidad concesionada.
- Presupuesto tentativo de inversiones a realizar en obras y equipamiento, especificadas por ítem.
- Formulario de oferta y fundamentación del canon ofrecido: completo en todas sus partes y debidamente firmado.
- Formulario de donación expresa.-
5.- Lugar de presentación: Las ofertas serán presentadas en Mesa de Entradas de la Municipalidad, sito en Brown y San Martín de esta localidad. Dicha presentación podrá hacerse hasta una hora antes de la estipulada para la apertura de sobres.-
6.- Apertura de las ofertas: Las ofertas serán abiertas en el Salón de Actos de la Municipalidad de San Antonio Oeste, sito en Brown 286 de esta ciudad, el día a la hora hs., en presencia de la Comisión Evaluadora y de los interesados que concurran, labrándose acta, la que será firmada por las autoridades presentes y demás asistentes que así lo deseen.-
7.- Admisión y evaluación de las ofertas: Sólo revestirán carácter de ofertas válidas las que se ajusten a las disposiciones de este pliego, pudiendo ser rechazadas en el momento de apertura la totalidad de las ofertas que no se ajusten al mismo. Sin perjuicio de ello, si posteriormente se comprobara algún incumplimiento no advertido en el momento de apertura, será causal de rechazo de la oferta.
La Municipalidad no está obligada a aceptar oferta alguna pudiendo rechazar todas si así lo estima oportuno y conveniente, sin que el rechazo dé acción alguna al oferente.
La Comisión Evaluadora procederá al análisis de las distintas ofertas, dictaminando en un plazo no superior a los cinco días acerca del resultado de su evaluación.-
8.- Adjudicación: La Municipalidad se reserva el derecho de adjudicar la propuesta que se haya estimado como más conveniente, sin que ello dé derecho a reclamación alguna por parte del oferente.
Si resultasen dos o más propuestas igualmente convenientes, tendrá prioridad el oferente que reúna mejores antecedentes en la actividad, dentro de la localidad, y a criterio de la Municipalidad.-
9.- Firma del contrato: Notificada la adjudicación, el oferente deberá en un plazo de tres días abonar el canon ofrecido como condición previa a la firma del contrato e integrar una garantía de contrato equivalente al 10 % del monto total del mismo.
Cumplido, se confeccionará el contrato respectivo, el que suscribirá el adjudicatario dentro de los cinco días de notificada la adjudicación, bajo apercibimiento de caducidad de la adjudicación.-
10.- Consultas y aclaraciones: Podrán ser requeridas por escrito hasta 24 horas antes del acto de apertura de sobres, en la Subsecretaría de Gobierno de la Municipalidad. La Municipalidad podrá hacer aclaraciones de oficio. Consultas aclaradas y aclaraciones de oficio pasarán a formar parte del pliego.-
11.- Valor del pliego: El valor del pliego es de pesos un mil doscientos ($ 1.200,00). La presentación de su constancia de adquisición es requisito indispensable para la validez de la oferta.
Garantía de la oferta: Cada propuesta deberá acompañarse de un recibo expedido por Tesorería Municipal, constituyendo garantía de oferta, que será igual al diez (10) por ciento del monto del canon oficial correspondiente a la oferta que realice el proponente.
Deberá constituirse mediante pago al contado en tesorería municipal o Pagaré sin protesto librado a la orden de la Municipalidad, sellado ante la Agencia de Recaudación Tributaria.
En caso de resultar adjudicatario, el oferente que constituyó la garantía, podrá aplicarlo a cuenta de la garantía de contrato.-
12.- Ley aplicable: Supletoriamente a las normas previstas en el presente pliego, resultan de aplicación las normas de la Ley 3186, modificatorias y sus decretos reglamentarios.-
Bases y Condiciones Particulares
13.- Contenido: El presente concurso tiene por objeto otorgar en concesión de uso y explotación la Reserva Fiscal cuya Nomenclatura Catastral es Manzana 901, parcela 01, Sección N, de la Planta Urbana del Balneario Las Grutas, para la reparación, reacondicionamiento, mantenimiento, uso y explotación de las CANCHAS DE PADDLE construidas en calles Fuerte Argentino y Acceso Ruta 2 del Balneario Las Grutas. Esta concesión tiene por destino el uso y explotación de la Unidad bajo el rubro Alquiler de canchas de Paddle, pudiendo anexar únicamente el expendio de bebidas, sandwichs fríos y calientes, productos fríos y calientes para el copetín, quedando expresamente prohibida la venta de comidas y otros productos no autorizados para el rubro.
Podrán instalarse mesas y sillas fuera del local correspondiente a la Unidad y hasta un máximo de diez mesas y cuarenta sillas, sin que la ocupación de estas sobrepase el límite del espacio concesionado.-
14.- Canon Oficial: Se fija el valor del canon anual oficial en la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000,00) por temporada de explotación, pudiendo ofrecer el oferente un canon igual o mayor pero no inferior, el que será actualizable anualmente de acuerdo a la tasa activa para cartera general del Banco de la Nación Argentina al momento del efectivo pago del importe. La falta de pago en término del referido canon producirá la mora automática de pleno derecho, sin necesidad de interpelación Judicial o extrajudicial alguna. Tal circunstancia dará derecho a la MUNICIPALIDAD a exigir el cumplimiento de la obligación con más los intereses y los daños y perjuicios que el tardío pago produzca, y/o a rescindir la concesión sin derecho a percibir el CONCESIONARIO indemnización alguna por la rescisión.-
15.- Plazo de concesión: La presente concesión se otorgará por un plazo de cinco (5) años, que se computarán a partir del día 01 de Enero de 2017 y hasta 31 de Diciembre de 2021, cualquiera fuera la fecha de adjudicación. Finalizado el plazo de concesión el concesionario indefectiblemente deberá devolver a la Municipalidad la Unidad en perfecto estado. El Delegado Municipal de Las Grutas labrará el acta de recepción respectiva, donde se harán constar todos los faltantes, como así también los muebles que el concesionario deja en la Unidad, los que pasarán al dominio Municipal por la donación expresa que hace el concesionario de los mismos.
Plazo mínimo de explotación: del día 01 de Septiembre al día 01 de Abril de cada periodo de explotación.-
16.- Horario de explotación de la Unidad: La explotación mínima de la Unidad deberá realizarse de jueves a domingo en el horario de 14 a 20 hs.-
17.- Higiene: El concesionario deberá cuidar la estética e higiene del espacio concedido. Los productos comestibles autorizados para la venta deberán conservarse en las condiciones previstas en el Código Alimentario Nacional.-
18.- Limpieza y atención de los baños: A fin de prestar un buen servicio a los Clientes, el concesionario deberá mantener en perfecto estado de higiene y limpieza los baños con que cuente la Unidad, como también su atención, proveyendo a los usuarios de los elementos necesarios a fin de preservar la higiene cuidando el buen funcionamiento del sistema cloacal.-
19.- Inspección: La Municipalidad a través de los funcionarios autorizados será la encargada de que el concesionario cumpla con todos los requisitos exigidos en el presente pliego, además deberá dar la aprobación de las instalaciones, ya previstas en la explotación o en el curso de esta revelen alguna falla a lo pedido y/o ofrecido; el concesionario contará con setenta y dos (72) horas para efectuar las correcciones indicadas. Si se juzga que dicho lapso de tiempo no es suficiente, deberá solicitarse por escrito en el tiempo que crea necesario, en forma inmediata a la observación. La respuesta por parte de este Municipio se notificará dentro de las veinticuatro (24) horas. Si se rechazara la solicitud, deberá conformar la exigencia en el plazo antes mencionado, bajo apercibimiento de clausura de la explotación, revocación del contrato y cobro de la garantía. A tal fin se habilitará un libro de inspecciones que estará en la Unidad.-
20.- Estado de la Unidad: La unidad se entrega en el estado que se encuentra, siendo a cargo del concesionario los arreglos y mejoras que haya que realizar como consecuencia de los deterioros existentes.-
21.- Autorización: A efectos de la preparación de las instalaciones necesarias y luego de haber cumplido con las obligaciones emergentes de este Pliego, el concesionario podrá solicitar la autorización pertinente con anterioridad a la fecha de inicio de la explotación para su ingreso al espacio público objeto del presente.-
22.- Mantenimiento del espacio público: El concesionario deberá mantener el espacio otorgado y sus adyacencias en perfecto estado de limpieza y conservación, además deberá contar con recipientes de residuos ubicados en lugares estratégicos.-
Eliminación de residuos: El concesionario deberá proceder a la limpieza del sector concesionado y a depositar con la frecuencia establecida para el servicio de recolección de los residuos producto de su actividad, en lugares al alcance de los camiones recolectores y dentro del horario establecido en cada lugar. Los residuos deberán ser colocados en bolsas de nylon o material similar de suficiente grosor y perfectamente cerradas. Donde no existe servicio de recolección, el concesionario arbitrará las medidas necesarias para su eliminación, la que se efectuará en lugares que no afecten el aseo ni las condiciones de higiene de la Unidad, ni su entorno inmediato, debiendo al respecto contar con la autorización de la Municipalidad de San Antonio Oeste.-
23.- Publicidad: El concesionario tendrá derecho a exhibir elementos publicitarios y/o promocionales propios y/o de terceros dentro de los límites del espacio concesionado. Esta autorización no exime al adjudicatario del pago de tasas o gravámenes por publicidad normados en la Ordenanza vigente, siendo el mismo responsable directo de tributar por dicho concepto. A los efectos de ejercer este derecho, el concesionario deberá presentar previo a la instalación de cualquier otro tipo, una solicitud explicitando la cantidad, características, diseños y localización de los elementos o anuncios a exhibir. La concesión no implica el otorgamiento de permiso de explotación publicitaria en el exterior de la Unidad Fiscal.
24.- De las Obras: Las obras a ejecutar consistirán en poner en funcionamiento las Canchas de Paddle construidas en base a los siguientes parámetros mínimos: garantizar el óptimo alumbrado para uso nocturno de las instalaciones, parquización con mesas al aire libre, construcción de playa de estacionamiento, techado de una de las canchas, construcción de vestuarios, reparación y puesta en funcionamiento de la segunda cancha.
El plan de trabajos y proyecto definitivo de las obras y/o mejoras que pretenda realizar el concesionario deberán ser presentados para su aprobación ante la Dirección de Obras Particulares, previo a la iniciación de las mismas, dentro del plazo de diez días posteriores a la notificación de la adjudicación. El proyecto y la documentación a presentarse deberán adecuarse a lo previsto por el Código de Edificación Municipal.
Junto al proyecto de obras a realizar presentado al concurso deberá determinar el plazo de duración de las obras a realizar y, en su caso, las etapas en que se realizará.
El día de aprobación de los planos será considerado fecha de iniciación de los trabajos. En caso de incumplimiento de los plazos sin causa debidamente justificada y certificada, el organismo competente, podrá no habilitar la Unidad hasta la cumplimentación de los trabajos requeridos o caducar la concesión.
El concesionario podrá introducir modificaciones al plan de trabajos durante la ejecución de los mismos, previa conformidad expresa del organismo competente y siempre que las mismas no extiendan el plazo de ejecución establecido.
El concesionario deberá realizar todas las gestiones y/o trámites correspondientes a las obras a ejecutar ante las autoridades que corresponda, debiendo cumplimentar todas las exigencias y reglamentaciones vigentes que rijan sobre la ejecución de obras y prevenciones sobre seguridad e higiene, en las mismas.
Durante la construcción de las obras el concesionario asumirá la responsabilidad civil exclusiva de los daños o perjuicios que pudiera ocasionar a personas o cosas.
La totalidad de las obras e instalaciones vencida o extinguida la concesión, por cualquier causa, pasarán a formar parte del dominio municipal, sin que corresponda indemnización alguna al concesionario por las erogaciones o gastos que haya realizado en la Unidad. Solo podrá retirar aquellos elementos que sean separables sin afectar las instalaciones y/o la Unidad.
La propuesta de obras a realizar será fundamental para la evaluación de la oferta, pudiendo resultar más amplia que las obras especificadas en el primer párrafo del presente apartado.-
25.- Impuestos, derechos, tasas y conexiones: Estarán a cargo exclusivo del concesionario el pago de todos los impuestos, tasas y derechos que determinen las disposiciones de las autoridades públicas, así como los gastos de gestión, tramitación y conexión de los servicios públicos que se brinden en la Unidad.-
26.- Erogaciones a cargo del concesionario: Serán a cargo del concesionario los pagos que deban realizarse por impuestos, tasas y contribuciones nacionales, provinciales y municipales correspondientes a la explotación, como asimismo las tarifas por servicios públicos que afecten la explotación, tales como obras sanitarias, gas natural, agua, energía eléctrica y barrido, limpieza, recolección de residuos y alumbrado público, de acuerdo a la modalidad que cada ente prestador del servicio instrumente.-
27.- Retiro de las Unidades: Si el concesionario, por razones ajenas a esta Municipalidad, al finalizar el período de concesión no retirase el total de los elementos de su propiedad y que fueren separables de la unidad y no comprendan los muebles, útiles y enseres a que se ha comprometido a instalar en la unidad, tendrá un plazo de setenta y dos (72) horas para concretar el mencionado retiro, caso contrario los elementos abandonados serán retirados por el personal Municipal, y trasladados al corralón Municipal, todo ello con cargo al concesionario. Luego de ello el concesionario tendrá noventa (90) días corridos de plazo para retirar los elementos de dicho corralón, previo pago de los gastos ocasionados, vencido dicho plazo, los elementos pasarán a ser propiedad de la Municipalidad.-
28.- De los Dependientes del Concesionario: El personal que el concesionario contrate para la prestación del servicio y/o mantenimiento, y/o reparación de la unidad y/o cualquier actividad que se desarrolle en la unidad deberá ser mayor de edad y/o encontrarse debidamente autorizado para trabajar, todo ello de acuerdo a lo previsto por la legislación laboral vigente. Serán dependientes del concesionario, creándose entre ellos la relación laboral que corresponda al tipo de actividad que realizan, siendo de aplicación en su relación toda la normativa laboral vigente. Los dependientes del concesionario no tendrán relación alguna con la Municipalidad del tipo laboral y de ninguna otra índole.-
29.- Caducidad de la concesión: En caso de falta grave del concesionario, la Municipalidad podrá disponer la caducidad de la concesión respectiva.
Son causales de caducidad: La falta de pago del canon, transferencia del contrato, falta de cumplimiento del plazo mínimo de explotación, incumplimiento reiterado del horario mínimo de atención, falta de higiene de la unidad, incumplimientos derivados del derecho laboral y previsional respecto de los empleados a su cargo y todo otro incumplimiento derivado de las obligaciones contractuales asumidas.-
30.- Adquisición de Pliegos: El Pliego de Bases y Condiciones puede ser adquirido en la Mesa de Entradas de la Municipalidad en horario administrativo de 08:00 a 12:00.-
31.- Presentación de las Ofertas: Las ofertas serán presentadas en Mesa de Entradas de la Municipalidad de San Antonio Oeste, hasta una hora antes de la apertura de sobres.-
32.- Fecha, hora y lugar de apertura: La apertura de sobres se llevará a cabo en el Salón de Actos de la Municipalidad de San Antonio Oeste, sito en Brown 286, el día , a la hora, en presencia de la Comisión Evaluadora.-
33.- Valor del Pliego: Se fija el valor del Pliego en la suma de PESOS ……………………………………………………………….($ ,00).-
34.- Norma general y leyes aplicables:
a) Aplicación de normas: En caso de discordancia entre las cláusulas generales y las particulares, predominarán estas últimas.
b) Legislación aplicable: supletoriamente a lo dispuesto en el presente pliego, resultará aplicable toda la normativa municipal, el reglamento de contrataciones de la provincia de Río Negro, la ley 3186, sus modificatorias y decretos reglamentarios.-