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Aprueban modificar el Organigrama Municipal y un Departamento se transforma en Dirección

Ordenanza y Anexo.

El Concejo Deliberante de San Antonio Oeste sancionó una ordenanza que modifica el Organigrama del Poder Ejecutivo Municipal, y habilita el ascenso jerárquico del Departamento de Administración de Tierras Fiscales, que se convierte en Dirección.

La medida fue impulsada por el Ejecutivo comunal y aprobada por unanimidad del cuerpo en la última sesión del viernes dos de este mes.

Entre las innovaciones también se incluyó la aprobación del Manual de Misiones y Funciones para la Secretaría de Planificación, a la que pertenece el área promovida.

La propuesta se fundamenta por “la necesidad de readecuar el Organigrama Municipal para que responda a los requerimientos actuales de la realidad institucional” y el intenso trabajo efectuado por Tierras Fiscales en el último año y “la necesidad de adoptar una política clara que tienda a la facilitación del acceso a la tierra para los ciudadanos que habitan nuestro suelo”.

Adjuntamos la ordenanza sancionada y el anexo II.VISTO:

         La Carta Orgánica Municipal.

 

         La Ordenanza 5105.

 

         La necesidad de readecuar el Organigrama Municipal para que responda a los requerimientos actuales de la realidad institucional; y

 

CONSIDERANDO:

              Que se requiere la sanción de una norma que organice al Poder Ejecutivo, conforme a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal.

 

              Que en el último año la Municipalidad a través del Departamento de Administración de Tierras Fiscales de la Secretaría de Planificación ha desarrollado innumerables acciones como lo son: la administración de los más de dos mil expedientes de preadjudicaciones de los últimos diez años que implica la observancia y el control del cumplimiento de las cláusulas de los Contratos de Preadjudicación archivados, la atención personalizada a los administrados, la respuesta a las continuas consultas por parte de las Comisiones del Concejo Deliberante, la actualización permanente del Registro Único de Solicitudes de Tierras Fiscales para Vivienda (RUSTiFiV), la activa participación en la Comisión de Preadjudicación de Tierras Fiscales (Art. 139° COM) aportando la información referente a la disponibilidad administrativa para la preadjudicación de parcelas fiscales, la intervención en todos los Concursos Públicos de Precios para la preadjudicación de parcelas fiscales con destino Comercial, Servicios Turísticos o Servicios Urbanos.

 

              Que en el marco organizativo municipal se prioriza la planificación de las tres plantas urbanas del ejido, principalmente mediante la ejecución de nuevas Urbanizaciones que tiendan a la concreción de viviendas y otras edificaciones destinadas al desarrollo de las diversas actividades humanas.

 

              Que existe la necesidad de adoptar una política clara que tienda a la facilitación del acceso a la tierra para los ciudadanos que habitan nuestro suelo.

              Que es objetivo de esta administración mejorar la calidad institucional otorgando jerarquía y autarquía administrativa a sectores críticos como lo es el Departamento de Administración de Tierras Fiscales, de estructura actual insuficiente y que necesita pronta respuesta a sus necesidades, por lo que es imperioso contar con un área sólida en la órbita de la Secretaría de Planificación, tal como lo sería la Dirección de Administración de Tierras Fiscales.

                                  

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO OESTE

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1º: Apruébese las modificaciones del Organigrama del Poder Ejecutivo Municipal y el Manual de Misiones y Funciones para la Secretaría de Planificación, que como Anexo Nº 1 y Anexo Nº 2 forman parte de la presente.-

 

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal y archívese.-

 

Dada en la sala de sesiones del Concejo Deliberante, en San Antonio Oeste, a los dos días del mes de junio de dos mil diecisiete.- 

 


ANEXO N° II

 

7. SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN.  

 

Objetivos y funciones:

·       Elaborar estrategias, programas y acciones para la mejor gestión territorial y urbana.

·       Gestionar la regulación dominial, mensura y registración catastral de las tierras fiscales municipales, propulsando la realización de programas para la puesta en valor de las mismas.

·       Contribuir al conocimiento de la riqueza territorial y su distribución.

·       Elaborar datos estadísticos de base para la legislación tributaria y la acción de planeamiento del Estado Municipal.

·       Conducir y coordinar las tareas inherentes a la implementación del Código de Ordenamiento Territorial (COT), Ordenanza 4683, fiscalizar su cumplimiento y monitorear su seguimiento en el tiempo.

·       Gestionar el cumplimiento de las recomendaciones del COT relativas a mensuras, registraciones catastrales y demarcaciones territoriales.

·       Redactar y proponer las normas complementarias requeridas por el COT y toda otra norma que se entienda conveniente para la mejor gestión territorial y urbana en el ejido municipal.

·       Gestionar la recuperación, regularización dominial y catastral y puesta en valor de las tierras de la planta urbana de San Antonio Oeste ocupadas por el Estado Nacional o el Estado Provincial.

·       Gestionar la mensura y la registración catastral de los espacios de dominio público municipal, definiendo unidades fiscales para concesiones de uso y explotación.

·       Desarrollar proyectos de urbanización sobre suelo fiscal para ampliación de las plantas urbanas actuales.

·       Tipificar, en concordancia a lo establecido en la Ordenanza General de Tierras Fiscales,  las parcelas urbanas vacantes y/o creadas mediante la implementación de planes de nuevas urbanizaciones. 

·       Elaborar las normas que permitan ajustar y actualizar el Código Urbano y de Edificación.

·       Elaborar normas que regulen el uso del Espacio Público. 

·       Establecer y/o profundizar las relaciones institucionales de la Municipalidad con otros organismos públicos –provinciales y nacionales- de injerencia territorial en cuestiones inherentes al planeamiento y al desarrollo urbano.

·       Analizar y emitir dictamen de factibilidad respecto de los proyectos de urbanización presentados por particulares propietarios de parcelas rurales ubicadas en suelo clasificado como urbanizable por el COT.

·       Analizar y emitir dictamen de factibilidad respecto de los proyectos de iniciativa privada presentados por particulares para el otorgamiento de concesiones de uso y explotación de unidades turísticas fiscales.

·       Analizar y emitir dictamen de factibilidad para el otorgamiento de permisos precarios de ocupación de suelo fiscal rural o sub rural para emprendimientos productivos menores.

·       Resolver acerca del destino de las parcelas urbanas a preadjudicar. 

·       Participar junto a la Secretaría de Hacienda en la confección de los pliegos de bases y condiciones cuando se realice concurso público de precios para la preadjudicación de parcelas fiscales urbanas.

·       Administrar los expedientes de las ocupaciones otorgadas por la Dirección Provincial de Tierras y Colonias sobre suelos transferidos por convenio a la Municipalidad.

·       Resolver el otorgamiento de permisos para construir mediante expedientes de la Dirección de Obras Particulares.

·       Proyectar obras de remodelación, refacción y/o ampliación de los edificios municipales existentes.

·       Administrar el uso de la Vía Pública.

·       Coordinar y supervisar las tareas de las direcciones y departamentos a su cargo.

 

7.1. DIRECCIÓN DE OBRAS PARTICULARES.

 

Objetivos y funciones:

·       Desarrollar las tareas que permitan monitorear la eficiencia del Código Urbano y del Código de Edificación en función del logro de los objetivos del planeamiento urbano.

·       Proponer a la Secretaría las normas que permitan ajustar y actualizar el Código Urbano y el Código de Edificación.

·       Implementar sistemas que permitan la mejor fiscalización de las normas vigentes en las obras particulares y en las obras resultantes de iniciativa privada en todo el ejido municipal.

·       Organizar, sistematizar y actualizar la información relativa a las obras particulares en base a un sistema coordinado con las restantes oficinas municipales.

·       Proponer las acciones municipales que estime convenientes para el mejor control de las obras particulares.

·       Recepcionar y atender los trámites inherentes a obras particulares, efectuando el análisis y, en su caso, la visación de planos de anteproyecto y de planos de relevamiento, la aprobación de planos de proyecto, el otorgamiento de permisos de construcción, certificados de final de obra, y toda otra tramitación que corresponda de acuerdo con las normas vigentes.

·       Coordinar y supervisar las tareas de los inspectores de su dependencia, haciendo que estos realicen las inspecciones oculares de obras particulares y las solicitadas por la Dirección de Catastro y/o el Departamento de Tierras Fiscales para la actualización del estado parcelario, labrando las correspondientes actas de inspección y de infracción cuando correspondiera.

·       Remitir al Juzgado de Faltas las actas de infracción labradas por los inspectores de sus dependencias.

·       Efectuar los relevamientos de obras ejecutadas que se soliciten desde la Secretaría.

·       Mantener actualizado y completo el archivo de expedientes inherentes a obras particulares.

 

7.2. DIRECCIÓN DE CATASTRO Y TOPOGRAFÍA.

 

Objetivos y funciones

·       El Catastro Territorial de la Municipalidad de San Antonio Oeste es el registro del estado parcelario de los inmuebles de su jurisdicción y constituye la base de su sistema inmobiliario desde el punto de vista tributario y de policía y ordenamiento administrativo de la propiedad. Se trata entonces de reunir, ordenar, clasificar, registrar y publicitar información relativa a la totalidad de los inmuebles existentes en el territorio municipal.

·       Establecer, registrar y publicitar el estado parcelario de la totalidad de los inmuebles que conforman el territorio municipal, teniendo en cuenta la titularidad de dominio, los datos físicos, la incorporación o baja de los distintos servicios públicos, las mejoras introducidas, los baldíos, etc.

·       Actualizar, conservar y perfeccionar la información catastral estableciendo un sistema de información territorial de base parcelaria.

·       Realizar convenios con la Gerencia Provincial de Catastro y con el Registro de la Propiedad Inmueble, con la finalidad de intercambiar datos.

·       Visar y/o aprobar los planos de mensura sobre fraccionamiento, deslinde, propiedad horizontal, etc., u otros actos de levantamiento territorial en el ejido municipal, haciendo cumplir lo reglamentado sobre la materia.

·       Expedir certificaciones de las constancias catastrales.

·       Ejecutar la cartografía catastral municipal.

·       Registrar el nombre de las calles que surjan de los procedimientos administrativos vigentes y establecer la numeración domiciliaria en las plantas urbanas del ejido.

·       Ejecutar y controlar todo lo relacionado con la medición, descripción y delineación de tierras y demás características de configuración de terrenos fiscales (amojonamientos, líneas, niveles, etc.).

·       Ejecutar, registrar y archivar los proyectos de cordón cuneta.

·       Prestar asesoramiento técnico topográfico a otras áreas del municipio para la ejecución y mantenimiento de calles, cordones cuneta y obras de desagües y para la ejecución de toda obra municipal en la que se requiera su intervención.

 

7.3. SUBDIRECCIÓN DE ESPACIO PÚBLICO.

 

Objetivos y funciones:

·       Participar en la elaboración, junto con otras áreas del municipio, del diseño de planes de uso del espacio público conformado por calles,  en cuanto a provisión de arbolado público, alumbrado público, semáforos, disipadores de velocidad, sentido de circulación, refugios para la espera del transporte público, señalización vial y urbana.

·       Proyectar plazas, plazoletas y paseos especificando ubicación y tipo de veredas, senderos, juegos infantiles, bancos, cestos de basura y demás mobiliario urbano.

·       Proponer normativa a aplicar para el uso del espacio público conformado por veredas, calles, boulevares y rutas de acceso, en cuanto a la colocación por parte de los particulares de cartelería de todo tipo.

·       Proponer y aplicar, junto con la Dirección de Obras Particulares, normativa referente al uso del espacio público por parte de los comercios: marquesinas, toldos, decks, mesas y sillas, escaparates de exposición y/o venta, carteles de publicidad, etc.

·       Proyectar obras de remodelación, refacción y/o ampliación de los edificios municipales existentes.

·       Diseñar y ejecutar toda la cartelería y señalética institucional municipal.

 

7.4. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE TIERRAS FISCALES.

 

Objetivos y funciones: 

·       Recepcionar y atender todos los trámites relacionados con los actos de disposición de tierras fiscales.

·       Recepcionar solicitudes y tramitar el otorgamiento, mediante Ordenanza del Concejo Deliberante, de Permisos Precarios de Ocupación, Preadjudicaciones, Adjudicaciones en Venta y Comodatos de Uso, haciendo cumplir lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en las Ordenanzas vigentes y en los dictámenes y Resoluciones de la Secretaría, registrando la totalidad de estos actos de disposición del suelo de dominio municipal.

·       Administrar los Contratos de preadjudicación, los Permisos Precarios de Ocupación y los Comodatos de Uso, controlando el cumplimiento en tiempo y forma de las cláusulas contenidas en los mismos, evitando por todos los medios la especulación inmobiliaria y el detrimento del erario público por la falta de pago de lo establecido en estas cláusulas.

·       Mantener actualizado y completo el archivo de expedientes inherentes a preadjudicaciones, permisos precarios de ocupación, comodatos y títulos.

 

7.5. DEPARTAMENTO DE ESCRITURACIÓN DE TIERRAS FISCALES.

 

Objetivos y funciones:

·       Iniciar y administrar los expedientes para el otorgamiento de las Escrituras Traslativas de Dominio de parcelas pertenecientes al Dominio Privado Municipal, conforme a lo establecido en las Ordenanzas de aplicación en la materia.

·       Confeccionar Actas Declarativas y Títulos de Propiedad.

·       Tramitar ante los Organismos Provinciales la solicitud de los correspondientes Certificados para cada expediente administrado.

·       Registrar ante  la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble, para la obtención de las correspondientes Matrículas, Actas Declarativas y Títulos de Propiedad. 

·       Atender en forma programada la escrituración de tierras fiscales.

 

7.6. DEPARTAMENTO TÉCNICO DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN TERRITORIAL.

 

Objetivos y funciones:

·       Asistir técnica y administrativamente todas las funciones y acciones del Secretario/a de Planificación.

 

7.7 DEPARTAMENTO DE PLANEAMIENTO URBANO.

 

Objetivos y funciones:

·       Mensurar y catastrar las tierras fiscales municipales que bordean las tres plantas urbanas y conforman el Ejido Municipal Ley 900.

·       Asesorar la Dirección de Catastro y Topografía en la visación de las mensuras de fraccionamiento de parcelas rurales de dominio privado, ubicadas en suelo clasificado como urbanizable, con la finalidad de garantizar que las mismas se ajusten a lo  establecido en el Código de Ordenamiento Territorial y a sus reglamentaciones vigentes.

·       Participar del análisis para que la Secretaría dictamine acerca de la factibilidad  de urbanizaciones privadas.

·       Participar del análisis para que la Secretaría dictamine acerca de la factibilidad respecto de proyectos de iniciativa privada presentados por particulares para el otorgamiento de concesiones de uso y explotación de unidades turísticas fiscales.

·       Ejecutar y registrar catastralmente las mensuras de fraccionamiento de los macizos que ya poseen preadjudicatarios y se encuentran con “Croquis de Mensura” en el catastro actual.

·       Ejecutar y registrar catastralmente las mensuras de redistribución predial de parcelas fiscales que solicite la Secretaría.

·       Ejecutar y registrar catastralmente las mensuras de fraccionamiento para los planes de urbanización propuestos por la Secretaría, para la ampliación de las plantas urbanas actuales sobre suelo fiscal.

·       Intervenir en el trazado de las plantas urbanas del ejido, con la apertura y/o ensanche de arterias, caminos y avenidas en concordancia con los macrotrazados establecidos en el COT y en los proyectos de urbanización propuestos por la Secretaría.

·       Proponer proyectos de desagües pluviales de magnitud para las zonas comprometidas de las plantas urbanas y sus ampliaciones.

·       Proyectar sectores de estacionamiento, sectores de playas, parques, plazas, lugares de esparcimiento y unidades fiscales para concesiones de uso y explotación.

·       Mantener actualizado el inventario de Espacios Verdes y Reservas Fiscales.

 

El Concejo Deliberante de San Antonio Oeste sancionó una ordenanza que modifica el Organigrama del Poder Ejecutivo Municipal, y habilita el ascenso jerárquico del Departamento de Administración de Tierras Fiscales, que se convierte en Dirección.

La medida fue impulsada por el Ejecutivo comunal y aprobada por unanimidad del cuerpo en la última sesión del viernes dos de este mes.

Entre las innovaciones también se incluyó la aprobación del Manual de Misiones y Funciones para la Secretaría de Planificación, a la que pertenece el área promovida.

La propuesta se fundamenta por “la necesidad de readecuar el Organigrama Municipal para que responda a los requerimientos actuales de la realidad institucional” y el intenso trabajo efectuado por Tierras Fiscales en el último año y “la necesidad de adoptar una política clara que tienda a la facilitación del acceso a la tierra para los ciudadanos que habitan nuestro suelo”.

Adjuntamos la ordenanza sancionada y el anexo II.


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