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Aprueban protocolo que facilita el acceso a alimentos para celíacos

Esta enfermedad, importa una problemática en nuestro ejido que afecta a un número importante de vecinos.

El Concejo Deliberante aprobó la ordenanza que establece el régimen municipal de concientización, control e inclusión social de las personas con celiaquía, con el objetivo de difundir en forma masiva la información básica relacionada con los cuidados personales elementales para el control y el tratamiento de esta enfermedad.

En los considerandos de esta norma legal –que fue elevada al Poder Ejecutivo municipal para su promulgación- los concejales indican que “la celiaquía es una enfermedad genética, caracterizada por la intolerancia permanente, total y absoluta al gluten, proteínas que se encuentran en el trigo, la cebada, el centeno y la avena”.

Indican que “se trata de un síndrome de mala absorción, determinado por la lesión que dichas proteínas producen en la mucosa intestinal, lo que conlleva a graves alteraciones nutricionales y metabólicas de los pacientes”.
                        
Explican que “esta enfermedad, importa una problemática en nuestro ejido que afecta a un número importante de vecinos, cuyo único tratamiento es una dieta estricta y de por vida sin TACC”, es decir trigo, avena, cebada y centeno.
                        
Por esta y otras razones y fundamentaciones legales, afirman que “es imprescindible establecer la regulación de la comercialización de alimentos para facilitar a quienes tienen y padecen a diario de esta condición”.

Este régimen municipal se propone –además de difundir de forma masiva la información sobre esta dolencia- “facilitar el acceso de la población a los alimentos recomendados para el control y tratamiento de la enfermedad celiaca, a través de la regulación de su comercialización y de la información necesaria para los mismos fines”.

Además “gestionar los alimentos aptos para personas en condiciones de vulnerabilidad social y que necesiten una dieta alimentaria especial, instrumentadas por el medio de todos los planes o programas alimentarios”.

También deberá “realizar campañas de concientización a través de la Subdirección de Juventudes sobre la enfermedad, en los establecimientos educativos de la ciudad”.

Es su objetivo también “promover la elaboración de un listado de los productos Libres del Gluten, el que deberá encontrarse disponible en todos los establecimientos que comercialicen o produzcan comidas elaboradas” y “fomentar la realización de talleres de cocina y manipulación de alimentos aptos para celiacos”.

Podrá “promover las jornadas de capacitación y actualización del conocimiento en la enfermedad para todos los profesionales de la salud y dentro de las posibilidades en forma conjunta con la comunidad interesada” y “difundir y hacer conocer la legislación y Programas nacionales, provinciales o municipales relacionados en la materia”.

Con esta ordenanza y por intermedio de la Subsecretaria de Control Comercial del municipio –que lo tendrá a su cargo-, se creará el Registro de Productores Primarios Locales y el Registro de Comercios que adhieran a garantizar el stock de 20 productos sin TACC.

Se habilita también a “los almacenes, mercados, supermercados, hipermercados y demás comercios en general dedicados a la venta directa de artículos alimenticios, la comercialización de productos con el logo argentino correspondiente a la enfermedad, aptos para el consumo por parte de las personas afectadas por la celiaquía”.

Eso sí, deben “garantizar su provisión, exhibición y ubicación, para su rápida y sencilla distinción en góndolas o sección especial, cumpliendo con las distancias suficiente de los demás productos, de modo de prevenir la contaminación cruzada.

Aquellos comercios que adhieran, tendrán la obligación de exponer los productos sin TACC “en góndolas y heladeras específicas, o en secciones de las mismas, en forma debidamente separada de los demás alimentos, debiendo tener dentro de los productos ofrecidos variedad de alimentos frescos”.

En esos casos deberán identificar las góndolas y heladeras con la leyenda “Alimentos sin gluten” o “Sin TACC”, de manera visible, y acompañado con el símbolo internacional.

Deberán “tomar los recaudos necesarios para evitar la contaminación de dichos productos alimenticios, garantizando la separación y su aislamiento en los depósitos correspondientes, con el fin de conservar su condición de “libres de gluten”, al tiempo que deberán “tener el listado de los productos aptos para celiacos de forma actualizada y disponible para la consulta de los consumidores”.

La ordenanza prevé “enseñar a través del responsable técnico de alimentos local, a los empleados y dueños de los locales, las prácticas necesarias para una correcta manipulación de los productos aptos para celiacos”.

Se indica que las casas de comidas rápidas, restaurantes y bares y heladerías, podrán ofrecer dentro del menú al menos cinco opciones de productos libres de gluten, oferta que deberá mantener durante todo el año y exhibida en sus cartas, mencionando su existencia en su publicidad. 

Establece que “los kioscos, máquinas expendedoras, bufetes escolares, comedores de todas las instituciones tanto públicas como privadas deberán incluir alimentos y productos varios aptos para celiacos”, al igual que “los clubes y asociaciones civiles deportivas que ejerzan sus actividades dentro de la jurisdicción del municipio”. La cantidad y variedad dependerá de las características del establecimiento.

La subsecretaria de Control Comercial, entregará a los locales registrados un certificado habilitante para la comercialización de productos sin TACC, luego de realizar una capacitación de manipulación y venta de alimentos sin gluten.

Se indica en la ordenanza que “la Secretaria de Desarrollo Social deberá garantizar a las personas celiacas, en situación de riesgo social, la provisión de una canasta con alimentos libres de gluten” y estará obligada a contar de cinco menús aptos para celiacos en las dependencias municipales a su cargo, como jardines maternales y guarderías.

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