
Dirigentes de Cambiemos denunciaron al intendente Soria
Lo acusaron de no respetar la veda de 15 días en materia de inauguraciones oficiales.
Dirigentes de Cambiemos de
General Roca se presentaron ante el Juzgado Federal para denunciar al intendente
Martín Soria, por considerar que inauguró obras junto a María Emilia Soria
dentro de los plazos que la Ley prohíbe en el marco de las campañas
electorales.
Nicolás Suárez Colman, Julieta Bermejo, Pablo Goinhex y María Eugenia de Roca, acompañaron el escrito, en el cual se acusa a Soria de no respetar la veda de 15 días en materia de inauguraciones oficiales.
La obra en cuestión se trata de la rotonda de la calle La Pampa en su intersección con las vías del ferrocarril, que fue inaugurada en la jornada del sábado.
Según los denunciantes, el acto “tuvo por objeto la captación clara y directa” de votos en favor de la candidatura de Soria. Además solicitaron que se haga un análisis de la “simbología” y de los colores que predominan en la imagen oficial del municipio y la utilizada para promocionar la candidatura a la reelección de la diputada Soria.
Manifestaron que el objetivo de la presentación es “impedir que los recursos estatales, que tienen como finalidad estar destinados a la población, terminen siendo aprovechados en actos que nada tienen que ver con la vida y la administración del Estado, y que por consiguiente se derivan en política partidaria”.
El Artículo 64 del Código Electoral, que regula la publicidad de los actos de gobierno, establece que “queda prohibido durante los 15 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo, y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales”.
Los referentes de Cambiemos pidieron que se abra un expediente en contra del jefe comunal teniendo en cuenta el artículo 133 Bis del Código Penal. En su parte punitiva, establece que “serán pasibles de inhabilitación de uno a diez años para el ejercicio de cargos públicos, los funcionarios que violen esa veda”.