
Ordenanza regulación uso y venta pirotecnia
Aprueban prohibir la pirotecnia, y solo permitir fuegos artificiales fiscalizados por el municipio.
El Concejo Deliberante de San Antonio Oeste sancionó una Ordenanza que prohíbe el uso, tenencia, fabricación, comercialización, depósito y venta de todo producto pirotécnico en el ejido municipal.
La propuesta, impulsada por José María Clemant (JSRN) y aprobada por unanimidad en la última sesión realizada el lunes 30 de octubre, exceptúa los espectáculos con fuegos de artificio fiscalizados por el Municipio, como los que se realizan para fin de año, en el lanzamiento de la temporada o fiestas populares.
Peso se aclara que deberán dispararse con “estruendo mínimo”.
El incumplimiento a lo dispuesto prevé una serie de sanciones: la primera ocasión hasta 50 USAM para el comercio donde se hallase la mercadería y de 6 USAM para el privado que no se ajuste a la normativa.
En la segunda oportunidad la infracción será el doble, en la tercera el triple y así sucesivamente respecto de la multa anteriormente impuesta.
Además se decomisará y destruirán los elementos secuestrados, más la clausura de 30 a 60 días si se tratara de infracciones por parte de privados con espectáculos públicos.
Entre los fundamentos de la Ordenanza se destacó que “los elementos de pirotecnia y/o fuegos de artificio, aunque se los considere sinónimos de fiesta y alegría, tienen consecuencias perjudiciales para la salud, en el ambiente y en el comportamiento de los animales”.
El texto puntualiza, en ese sentido, que “cada vez es mayor el número de profesionales de Salud Pública, asociaciones de personas con discapacidades, asociaciones protectoras de animales y familiares de personas, que por condiciones médicas, sufren episodios que agravan su condición; que expresan que la pirotecnia debe ser limitada en su uso de manera estricta, sólo permitiendo la realización de espectáculos de fuegos artificiales en el marco de eventos destinados al entretenimiento de toda la comunidad y previo agotar las habilitaciones, controles y autorizaciones de las autoridades competentes”.
También se resalta que el Concejo Deliberante sancionó una Ordenanza que establecía una consulta popular para conocer la opinión de la ciudadanía con respecto a la posible prohibición, pero que el Poder Ejecutivo la vetó.
Ahora, la norma aprobada fue enviada al Ejecutivo para su promulgación. En el articulado señala que entrará en vigencia ni bien sea refrendada, y para ello establece un plazo no mayor a los 25 días.