
Entra en vigencia la implementación de la receta electrónica como única modalidad de prescripción de medicamentos
Dip Nac Lorena Villaverde: "nuestro gobierno cumple con otra medida que facilita el acceso a la salud: más eficiencia, seguridad y transparencia "
Entra en vigencia la implementación de la receta electrónica como única modalidad de prescripción de medicamentos
La nueva modalidad de prescripción aspira a garantizar un ecosistema de salud digital eficiente, permitir una mayor trazabilidad y seguimiento de las recetas emitidas, facilitar la dispensa en farmacias y garantizar a la población un acceso más seguro a los medicamentos que necesita.
De acuerdo a lo establecido en el Decreto 345/2024, a partir de la fecha, entra en vigencia la implementación de la receta electrónica en todo el país. Esto significa que la prescripción de medicamentos deberá realizarse, únicamente, a través de las plataformas inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).
Para que tengan validez, las recetas electrónicas deberán contar con la identificación del médico o profesional de la salud con nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio; el código de barras; la identificación del paciente (nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI y sexo); la descripción del medicamento recetado detallando nombre genérico o denominación común internacional, presentación, forma farmacéutica y cantidad de unidades. También puede sumar el nombre comercial del medicamento que el profesional prescriptor sugiera. Por último, diagnóstico; fecha de emisión y firma digital del profesional.
Las plataformas verificarán que los profesionales de salud estén inscriptos en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA) y almacenarán las recetas emitidas en repositorios virtuales que funcionarán como nexo con las farmacias permitiendo que éstas últimas puedan acceder a ellas para la dispensa de los medicamentos cuando el paciente los requiera. Esto permitirá que las personas sólo tengan que acercarse a las farmacias con su DNI y/o credencial para requerir la medicación indicada por el profesional.
Cabe destacar que los repositorios deberán cumplir con protocolos técnicos y administrativos que contemplen la alta disponibilidad y que garanticen el almacenamiento de las recetas durante el período establecido por la normativa. Esto requiere sólidos mecanismos de respaldo y recuperación de información frente a eventuales fallas o incidentes y garanticen el resguardo de los derechos de los pacientes.
Es importante tener en cuenta que la receta manuscrita permanecerá vigente, como condición de excepción, sólo en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema. Asimismo, aquellas recetas emitas en papel antes del 31 de diciembre de este año podrán ser utilizadas dentro de su período de vigencia habitual.
El objetivo de esta medida es posibilitar el funcionamiento del ecosistema de salud digital previsto en la Ley Nacional de Recetas Electrónicas (N° 27.553) de 2020, agilizando el circuito de prescripción y dispensa de medicamentos y simplificando las instancias administrativas. Asimismo, el sistema de receta electrónica brinda herramientas a los profesionales para que puedan tomar mejores decisiones de tratamiento, evita errores de interpretación y facilita la dispensa en farmacias mejorando en el acceso a los medicamentos.
Actualmente, 17 jurisdicciones cuentan con ley de receta electrónica. De ellas, 11 adhieren a la Ley Nacional (Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego, Tucumán), 4 tienen su propia ley provincial con un régimen propio (Buenos Aires, CABA, Chubut, La Rioja) y 2 tienen el proyecto de ley provincial en curso (Río Negro, Santa Fe). En tanto, las 7 jurisdicciones restantes, si bien pueden utilizar parcialmente la Receta Electrónica, aún no cuentan con ley provincial. De ellas, 4 adhieren al uso de Receta Electrónica y se espera cuenten con proyecto de ley próximamente (San Luis, Córdoba, Santiago del Estero, Santa Cruz) y 3 aún se encuentran en revisión de sus planes de ley provincial (La Pampa, Neuquén, Formosa).
VENTAJAS DE LA RECETA ELECTRÓNICA
* Eficiencia: la implementación de la receta electrónica es el primer paso. El paciente ya no tiene que preocuparse por su receta; está disponible de forma online. En segundo lugar, el paciente va a poder acceder a su receta en cualquier punto del país. Los repositorios permitirán que cualquier farmacia del país acceda a las recetas almacenadas, pero únicamente a aquellas que el paciente necesite en ese momento para su dispensa.
* Seguridad: Se garantiza la privacidad, confidencialidad e integridad del paciente y su información. Se asegura el correcto funcionamiento de la plataforma, acompañada por un robusto sistema de backup.
* Llevar tranquilidad a los usuarios: el sistema ya está listo para empezar a implementarse.
* Transparencia: se eliminan potenciales irregularidades en la prescripción de recetas.