
ALPAT comunicó a sus empleados sobre medida judicial que obliga a frenar la producción
Paran la extracción de sal y de piedra caliza. La Justicia embargó cobranzas por un reclamo de Camuzzi.
San Antonio
Oeste. Las autoridades de la empresa Alpat informaron al personal que debido a
una medida cautelar impulsada por Camuzzi –proveedor de gas- le embargan los
recursos generados por el cobro de la venta de producción, que representa
aproximadamente “el 80% de los ingresos”.
El escrito fue enviado en las últimas horas y generó una enorme conmoción entre los trabajadores, que desde hace un par de año vienen padeciendo el pago de sueldos de manera escalonada
La resolución judicial afectará no solo los compromisos salariales, sino que los obliga a paralizar la producción, como la extracción de sal en la salina del Gualicho y la molienda de piedra caliza, en Aguada Cecilio, las dos materias primas esenciales para la fabricación de carbonato de sodio.
En estos momentos el personal está en retención de servicios.
A continuación se transcribe la nota recibida por los trabajadores:
A todo el Personal:
Por este medio informamos que debido al alcance de una orden judicial (Medida Cautelar) solicitada por la Transportadora Camuzzi Gas del Sur SA; se ha trabado embargo varias veces millonario y por un monto seis veces superior al objeto del reclamo, sobre las cobranzas de ALPAT que representan aproximadamente el 80 % de los ingresos corrientes.
La medida ordenada por el juzgado interviniente está dirigida a nuestros principales clientes con el objeto de derivar los pagos de la facturación de ALPAT a una cuenta judicial y a la orden del juez actuante. Esto implica la no disponibilidad inmediata de valores y fondos que permitan la normal operación de la compañía y cumplimiento de los compromisos asumidos.
Sin perjuicio de las defensas y demás recursos que la Empresa desde el día de la fecha está intentando frente a la abrupta, desproporcionada y fatal decisión judicial (en cuanto a su monto, y forma de aplicación), ALPAT ha tomado una serie de medidas tendientes a morigerar/reducir en cuanto sea posible el impacto de esta reducción en sus ingresos/cobros.
Por lo expuesto, se resuelve:
a) Dar por finalizada la cosecha de sal de esta campaña. Dejando la operación mínima con su dotación permanente que garantice el transporte de Sal a Planta SAO.
b) Suspender la actividad de molienda de piedra caliza, en Aguada, dejando un esquema mínimo y de urgencia que garantice la carga del transporte de piedra a la Planta SAO.
Tales medidas resultan indispensables para optimizar los escasos recursos de que disponemos, producto de la MEDIDA CAUTELAR, que alteran y/o impiden la cancelación de las obligaciones previstas para los próximos días.
Con el transcurso de las horas informaremos el avance y resultado de las gestiones realizadas en el Expediente y del eventual impacto que pudiere generar sobre la actividad en la Planta SAO y la Compañía toda.
Se ha dado aviso a las Autoridades Provinciales de las Carteras correspondientes.
Por último, ALPAT seguirá defendiendo en el marco de la Ley con toda la fuerza la sustentabilidad de la Planta que garantice el mantenimiento de las fuentes laborales.
Muchas gracias.