
3 años y seis meses de prisión para el conductor que provocó la muerte de Ilcen
Lo condenaron a Fernando Schmid. Es pena efectiva, es decir, debe ir preso. Pero puede apelar.
San Antonio Oeste. La jueza Daniela Zágari condenó a
Fernando Daniel Schmid a la pena de 3 años y 6 meses de prisión efectiva e
inhabilitación especial para conducir automotores por el término de 10 años,
por hallarlo autor penalmente responsable del delito de homicidio culposo
agravado por la conducción antirreglamentaria de un automotor.
El hombre fue quien atropelló a Ilcen Aime Pil Tolosa, una niña de 5 años de San Antonio Oeste, que falleció producto del accidente. Fue el 23 noviembre de 2015.
La sentencia es de primera instancia, por lo que puede ser apelada.
La sentencia se conoció hoy, producto del juicio que se realizó en dos audiencias desarrolladas a principios de mes.
La acusación pública estuvo a cargo del fiscal Juan Pedro Puntel junto a Yanina Estela Pasarelli. Mientras que por la querella actuaron Néstor Torres y Gustavo Arbués, y en la defensores Manuel Maza y Luciano Perdriel.
Luego de las jornadas de debate, con las declaraciones de varios testigos, se realizó la audiencia de alegatos.
La querella pidió cinco años de prisión, el máximo de la pena prevista para el delito, de cinco años de prisión efectiva.
La Fiscalía requirió cuatro años de prisión efectiva y la inhabilitación para conducir por el término de 10 años. Finalmente, los defensores particulares del imputado pidieron la absolución o, en caso de quesea condenado, se le impongan de dos años y medio de prisión en suspenso (sin ser detenido) y cinco de inhabilitacón para conducir,
Obrar imprudente
Zágari en su sentencia explicó: “En base a la prueba rendida, no tengo dudas que la causa determinante del siniestro fue el obrar imprudente del imputado en tanto actuó sin tener en cuenta los riesgos y el peligro que conllevaban transitar en el modo y por el lugar en que lo hacía”.
Por otra parte, agregó que “no puede soslayarse que de las distintas constancias probatorias anexadas al legajo ha quedado probado que la arteria en la que se produjo el hecho es una calle de tierra, sin cordón cuneta, con dos establecimientos educativos cercanos, circulación de peatones, niños entre ellos, circunstancias todas que imponen a los conductores extremar los recaudos al circular con sus vehículos. Lo apuntado conduce a la certeza de que debía circularse con precaución extrema y por ende reducir la velocidad a la necesaria para mantener el pleno dominio del vehículo, por más reglamentaria que fuera aquella a la que se conducía el acusado, pues dadas todas las circunstancias referidas, era previsible el cruce de un peatón”.
Sobre la calificación legal, en la sentencia se explica que corresponde homicidio culposo agravado por la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor, por cuanto con las pruebas colectadas se tiene por demostrado que “como consecuencia de la forma imprudente y antirreglamentaria de conducir de Schmid, culminó embistiendo a la menor Ilcen Aime Pil Tolosa provocando su fallecimiento”.
Asimismo, compartiendo la postura de la Fiscalía destacó que “el suceso que nos convoca debido a su gravedad, daño y peligro causados, claramente se aleja del mínimo de la escala penal aplicable, toda vez, que el quantum de 2 años sería para los casos más leves, no así para los moderados y graves”.