
Revocaron condicionalidad de condena a Bonifacio y va a prisión
Lo resolvió hoy la jueza Shirley Gonzales a parido del fiscal Peralta. No cumplió con las pautas que le habían impuesto.
San Antonio Oeste. La jueza de Ejecución,
Shirley Gonzalez dispuso hoy la inmediata detención de Matías Bonifacio y su
traslado al Complejo Penal de Viedma para que comience a cumplir una condena condicional
que se le había impuesto el 12 de abril pasado.
La medida fue solicitada por el fiscal de Ejecución, Juan Pedro Peralta, luego que el joven de 22 años –imputado en una nueva causa por un delito similar-, no acatara las pautas establecidas, y generara el reclamo de vecinos que lo veían transitar por la calle, y pasar frente a la casa de la víctima.
Bonifacio había sido encontrado culpable de los delitos de “suministro de pornografía a una niña menor de 13 años de edad”, y la sentencia incluía el obligatorio cumplimiento de pautas de conducta, entre las cuales se contaba la fijación de un domicilio, la asistencia periódica a un tratamiento psicológico y la prohibición de acercarse y mantener contacto con la víctima y su madre.
No cumplió las pautas
Peralta detalló entre los fundamentos del pedido de revocatoria el compromiso que el joven realizó ante un Juez de no volver a San Antonio Oeste.
En dicha oportunidad el hombre estaba en Viedma con prisión preventiva por otra causa en trámite (también por abuso menores como se menciona en el segundo párrafo) y, al vencerse la misma, retornó a la localidad con un dispositivo de control satelital.
“Ese fue el primer incumplimiento, pero también tenemos acreditado que se acercó al domicilio de la víctima sin importarle la pulsera electrónica. Esto ha generado temor en la niña”, destacó el Fiscal.
Además, explicó que el joven fue intimado a cumplir con las pautas de conducta, aspecto en el que también hizo énfasis la Jueza al argumentar su determinación.
No tiene otro lugar donde vivir
El defensor Oficial, Juan José Álvarez Costa, manifestó su oposición a la revocatoria pedida explicando que la promesa de no retornar a la ciudad marítima fue realizada en el marco del encierro preventivo que transitaba en ese momento, porque no sabía cuándo recuperaría su libertad.
“El imputado en todos los legajos fijó el mismo domicilio porque es el único en el que puede vivir, que es el de su madre. De no poder volver allí estaría en situación de calle”, destacó el Defensor,
Sostuvo que no fue su intención incumplir la orden impuesta, "incluso pretendió descomprimir la situación buscando un nuevo lugar para vivir, lejos de su entorno familiar".
La jueza Gonzalez explicó que ella misma se comunicó con la madre de la víctima de quien destacó la actitud ya que sólo pidió que se le garantice seguridad y tranquilidad.
Agregó en cuanto al condenado que no sólo “fue intimado a cumplir las pautas de conducta que ya había incumplido” haciendo caso omiso a dicha advertencia, sino que además incumplió “la obligatoriedad de iniciar un tratamiento psicológico y de presentarse ante el Patronato de Presos y Liberados”.
“Es mi función garantizar el cumplimiento de los derechos de las víctimas y es deber del condenado cumplir las pautas impuestas”, además, respondiendo a argumentos de la defensa dijo que “cualquier circunstancia que impida tal cumplimiento debió haber sido notificada”.
Finalmente, no sólo revocó la condicionalidad de la pena ordenando el inmediato traslado del hombre al complejo penal por el término de un año, sino que además lo instó a cumplir con el tratamiento psicológico por el término de un año y prohibió cualquier contacto con la víctima y con su madre.