
CONDENADA POR AHOGAR A SU HIJO DE 2 AÑOS
El hecho había ocurrido hace 5 años en una habitación del Hospital Zatti
El Tribunal de Juicio, presidido por el juez Ignacio Gandolfi e integrado por Itziar Soly y Favio Corvalan como vocales, por mayoría, declaró culpable a la mujer por considerarla autora material y penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el vínculo, con circunstancias extraordinarias de atenuación que serán consideradas al momento del dictado de la sentencia.
El próximo paso es fijar la audiencia de cesura con el fin de determinar e imponer la pena, en la escala penal legal prevista para dicho delito. Para ello, en una nueva audiencia, la Defensa y el Fiscal argumentarán el monto de la pena que soliciten, y los magistrados resolverán en consecuencia.
El Tribunal tuvo en cuenta el relato de los profesionales de la salud que atendieron al menor en el Hospital de Viedma y las pericias psicológicas realizadas a la imputada. Por otra parte, el Tribunal explicó que “las circunstancias extraordinarias de atenuación requieren de elementos objetivos que alteren lo ordinario de la realidad y una relación subjetiva entre ése hecho y la personalidad del autor que lo aprecia con una culpabilidad reducida que sin llegar a ser un estado de emoción violenta excusable se vislumbra como una respuesta impulsada por aquellas circunstancias”. En este caso fueron consideradas una serie de circunstancias de vulnerabilidad en la vida de la imputada.
Según la acusación fiscal “en la ciudad de Viedma, el día 16/07/2013, siendo apróximadamente a las 14, en la sala de pediatría del Hospital Artémides Zatti, la imputada atentó contra la vida de su hijo de dos años identificado con las iniciales TP ahogándolo mientras lo bañaba en el baño de la habitación”. A pesar de la inmediata atención médica recibida, el niño falleció dos días después.