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OBRA DE CORDÓN CUNETA Y DESAGÜES PLUVIALES EN SAN ANTONIO

Declara de interés público y pago obligatorio la obra de cordón cuneta y badenes de desagües pluviales en San Antonio Oeste.


El Intendente Adrián Casadei firmó el Decreto N° 966/2020 que promulga la Ordenanza N° 6012, que declara de interés público y pago obligatorio la obra de cordón cuneta y badenes de desagües pluviales en San Antonio Oeste, conforme el detalle de las calles afectadas que a continuación se detallan:
• Al Norte las vías del FFCC, a la Sur calle Isaur Ernesto Ader, al Este calle Velero Calcagno continuación con Argentino Perez continuación con Juan Manuel de Rosa y al Oeste con calle Moreno. Manzanas 515, 516, 517, 518, 519, 525, 526, 527, 528, 529, 535, 536, 537, 538, 539, 545, 546, 547, 548, 549, 555, 556, 557A, 557 B, 558A, 558B, 559A, 569A, 569B, 576, 601, 602A, 610, 611, 612, 613, 614, 615, 620, 621, 622, 623, 624, 630, 631, 632, 633, 634A, 634B, 640, 641, 642, 643A, 643B, 644A, 644B, 650, 651, 652, 653, 660, 661.
• Al Norte la Avda. Islas Malvinas, a la sur calle Intendente Francisco San Martín, al Oeste calle Quintana y al Este calle Moreno. Manzanas 530, 531, 532, 533, 534, 540, 541, 542, 543, 544, 550, 551, 552, 553A, 553B, 554.-
El valor del metro lineal de frente de cordón cuneta se fija en la suma de tres mil ciento cincuenta pesos ($3.150,00).
La obra se desarrollará por etapas, comprendiendo la primera de ellas la calle Tierra del Fuego entre Moreno y Lavalle. En las etapas subsiguientes, el valor del metro lineal surgirá de actualizar el valor determinado, con la variación del costo de la construcción, publicado por la obligación del pago nacerá con el comienzo de obra, determinado por la Secretaría de Planificación y Desarrollo Urbano.
Se establecen las siguientes formas de pago:
a) Contado, con un 10% de descuento.
b) Entrega inicial y saldo en cuotas a convenir según incisos
c) - e) o f).
c) 3 (tres) cuotas iguales, fijas, mensuales y consecutivas sin interés.
d) 6 (seis) cuotas iguales, fijas, mensuales y consecutivas, con un recargo del 20% sobre el costo total de la obra a abonar.
e) 12 (doce) cuotas iguales, fijas, mensuales y consecutivas, con un recargo del 40% sobre el costo total de la obra a abonar.
f) 18 (dieciocho) cuotas iguales, fijas, mensuales y consecutivas, con un recargo del 55% sobre el costo total de la obra a abonar.
Los terrenos esquineros tendrán una bonificación correspondiente a 12,50 metros de cordón cuneta.
Serán responsables del pago de la contribución por mejoras, los propietarios, copropietarios, poseedores a título de dueño, adjudicatarios, preadjudicatarios de las parcelas con frente a las calles antes mencionadas.
Quienes no hayan manifestado, oportunamente su voluntad de acogerse a ninguno de los planes de pago propuestos en el llamado a Registro de Oposición, se los incluirá en la modalidad de pago de 6 (seis) cuotas con el recargo correspondiente.

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